viernes, 22 de febrero de 2008

Concepto del acoso escolar.

Ya hemos visto que el concepto de acoso grupal o mobbing fue introducido en las ciencias sociales por el etólogo KONRAD LORENZ, como extrapolación de sus observaciones en diversas especies de animales en libertad[1]. En su significado original más simple, se llama mobbing al ataque de una coalición de miembros débiles de una misma especie contra un individuo más fuerte[2]. Actualmente, se aplica a situaciones grupales en las que un sujeto es sometido a persecución, agravio o presión psicológica por uno o varios miembros del grupo al que pertenece, con la complicidad o aquiescencia del resto. En realidad, el fenómeno, aunque escasamente estudiado, es conocido desde antiguo como síndrome del chivo expiatorio y síndrome del rechazo de cuerpo extraño[3].
Desde esta perspectiva, un tipo de violencia que, aunque existe entre los adultos, es ya algo más característico de los jóvenes y adolescentes es el maltrato entre iguales. Se trata de un fenómeno que se suele pensar circunscrito al ámbito escolar, al maltrato entre escolares. Sin embargo, la lógica del fenómeno no es muy diferente a las dinámicas de relación entre iguales en las calles de nuestras ciudades, y también guarda similitudes importantes con lo que conocemos en nuestro entorno como "novatadas". El maltrato entre escolares no es un fenómeno nuevo, casi todos podemos recordar fenómenos de acoso y agresión en los años escolares donde en general a unos les correspondía el papel de víctimas y a otros el de agresores, con las consecuencias emocionales muy negativas que se derivaban de ello[4].
Son dos las características que se señalan como propias de la conducta agresiva / violenta[5]: de un lado, que se trata de un tipo de trastorno del comportamiento que trasciende al propio individuo y, de otro, que esta conducta conlleva intencionalidad aunque no siempre está bajo el control del que la ejerce, es decir, se ha identificado la existencia de elementos que sobrepasan el control consciente -premeditados vs impulsivos -. HERNÁNDEZ GRANDA además añade que la intención de causar daño no aparece siempre como fin último, sino que también lo hace como medio para conseguir otras metas[6].
En este sentido, es importante desarrollar una conceptualización adecuada de lo que es agresión y de lo que es violencia, dos conceptos relacionados, en muchos casos tratados indiferenciadamente. De hecho, desde la Psicología Social el concepto de violencia ha quedado relegado a un uso genérico no instrumentalizable, que designa normalmente el conjunto de actos considerados violentos. Así se usa, por ejemplo, el término violencia escolar, violencia familiar, violencia juvenil, etc. En esta línea de gran amplitud, en un nivel societal de análisis, el término violencia también aparece ligado a una estructura social o a determinadas formas de interacción entre personas o grupos. Es el caso del concepto de violencia sistémica o también de violencia estructural. Esta concepción abre la posibilidad de que la violencia sea una cuestión latente o no explicitada, si bien cualquier conflicto podría tener el efecto de desencadenar episodios concretos de violencia efectiva. Mientras, se ha preferido el concepto de agresión para referirse más directamente a la conducta concreta. En este sentido, la agresión ha estado profundamente asociado al de daño. La agresión sería, en general desde los planteamientos conductistas, una respuesta dañina infringida a otro organismo. Y no cabe duda de que el daño, en su magnitud y en su calidad, es un elemento insoslayable. Pero también ha sido muy importante un elemento subjetivo, la intención de dañar, que eliminaría todos aquellos daños producidos accidentalmente. El problema de la intención es la dificultad de atribuir una intencionalidad clara a ciertas conductas, especialmente cuando el presunto agresor tiende sistemáticamente a negar su responsabilidad. Desde el punto de vista de la víctima, bastaría el etiquetamiento de una conducta como agresiva para que debiera ser considerada como tal[7].
La violencia sería "aquel estado de las relaciones sociales que para su mantenimiento o alteración precisa de una amenaza latente o explícita" (Fdez. Villanueva et al., 1998, pág. 46). La agresión sería la materialización de esa amenaza, por lo que nos remite al hecho concreto, al daño producido en un momento determinado por una entidad agresora sobre una víctima. Como reza la definición, la violencia requiere de un estado de relaciones sociales, por tanto una interacción, cercana o mediada, entre las partes. Pero el elemento fundamental es la amenaza, explícita o no, para transformar o mantener esa interacción social en los términos en que se encuentra. Por eso, violencia está cercana a poder, a desigualdad en las relaciones sociales, siempre y cuando ésta sea percibida como no legítima por la víctima. Por tanto, toda agresión tiene un estado de violencia previo. El marido que mantiene coaccionada a su mujer con la amenaza de la agresión. El grupo de ultras que sabe que se arriesga a ser agredido si pasa por la zona de la hinchada rival. El inmigrante que sabe que si ve a un grupo de "skins" corre peligro de sufrir daños severos. Como se ve, la amenaza no necesita ser explícita ni focalizada en una posible víctima concreta: los términos en los que se define la relación pueden dejar implícito a lo que se arriesga uno si rompe las reglas; en otros casos, el de la violencia "skin", basta el conocimiento que cualquier miembro de la sociedad tiene para saber que ciertos símbolos, aspecto externo o color de la piel -esto es, la pertenencia a una categoría social- bastan para ser susceptible de ser agredido, especialmente en determinadas zonas o momentos[8].
En nuestro análisis, partimos de una situación determinada, aunque luego la matizaremos, la violencia entre iguales. Los iguales se definen como aquellas personas que están en una posición social semejante, lo saben o lo asumen implícitamente, y esto les permite ser conscientes, por un lado, de su asimetría respecto de algunos y, por otro, de su simetría social respecto de los miembros del grupo. La ley no escrita de los iguales es la reciprocidad: no hagas conmigo, lo que no desees que yo haga contigo, no me hables como no quieres que yo te hable, no me trates como no quieres que yo te trate; o dicho en positivo: sé amable conmigo, si quieres que yo lo sea contigo; sé correcto conmigo y yo lo seré contigo; quiéreme y te querré; salúdame y te saludaré; trata mis cosas con respeto y yo haré lo mismo con las tuyas[9].
Inicialmente cabe pensar que en la idea de "violencia escolar" se podrían incluir al menos tres tipos de violencia: (a) la violencia entre alumnos y profesores, (b) la violencia entre alumnos y padres o tutores y (c) la violencia entre alumnos. Aunque cabe concebir también que, con ocasión de la convivencia escolar, se produzcan fenómenos de violencia padres/profesores, padres/padres o profesores/profesores, estos tres últimos tipos parecen carecer hoy por hoy de relevancia específica alguna[10].
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[1] Cfr., A. SÁNCHEZ CÁBACO, “Variables individuales (cognitivo-emocionales) y grupales en las nuevas patologías: el caso del mobbing o acoso psicológico en las organizaciones”, Universidad Pontificia de Salamanca (España); “Acoso psicológico en el trabajo (mobbing)”, Cuadernos Sindicales, Unión Sindical de Madrid Región de CCOO, enero de 2002; M. A. GARCÍA HERRERA y G. MAESTRO BUELGA, “Constitución y acoso moral”, en Revista de Relaciones Laborales (Lan Herremanak), núm. 7, 2002, pág. 72; o I. PIÑUEL Y ZABALA, y A. OÑATE CANTERO, “La incidencia del mobbing o acoso psicológico en el trabajo en España. Resultados del Barómetro Cisneros II sobre la violencia en el entorno laboral”, en Revista de Relaciones Laborales (Lan Herremanak), núm. 7, 2002, pág. 40.

[2] Cfr., M. FIDALGO VEGA, "Acoso psicológico en el trabajo: mobbing", ponència de cloenda del Curs de prevenció de riscos laborals (Barcelona, 1/2/2002), Escola d'Administració Pública de Catalunya, http://www.eapc.es/documents/mobbing.pdf.

[3] J. L. GONZÁLEZ DE RIVERA Y REVUELTA, “El síndrome del acoso institucional”, Diario Médico, 18 de julio de 2000.

[4] J. C. REVILLA CASTRO, “Grupos urbanos violentos, “tribus urbanas”: causas psicológicas de la violencia en grupo”, en Cuadernos de Derecho Judicial, Sociología de grupos pequeños: sectas y tribus urbanas, 2000, pág. 169 – 223.

[5] Cfr., A. ÁLVAREZ-CIENFUEGOS RUIZ y F. EGEA MARCOS, “Aspectos psicológicos de la violencia en la adolescencia”, cit., pág. 37 ss.

[6] E. HERNÁNDEZ GRANDA, Agresividad y relación entre iguales en el contexto de la enseñanza primaria. Estudio piloto, cit., pág. 19.

[7] J. C. REVILLA CASTRO, “Grupos urbanos violentos, “tribus urbanas”: causas psicológicas de la violencia en grupo”, cit., pág. 169 – 223.

[8] J. C. REVILLA CASTRO, “Grupos urbanos violentos, “tribus urbanas”: causas psicológicas de la violencia en grupo”, cit., pág. 169 – 223.

[9] R. ORTEGA RUIZ, “Agresividad, indisciplina y violencia entre iguales”, en La Convivencia Escolar: qué es y cómo abordarla, http://www.el-refugioesjo.net/hostigamiento/convivencia.pdf.

[10] Informe del Defensor del Pueblo sobre violencia escolar, cit.

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